- I. Validar en coordinación con el Departamento de Promoción y Afiliación las localidades propuestas para ingresar al Sistema.
- II. Evaluar la certificación de las unidades prestadoras del servicio del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
- III. Capacitar al personal de la Unidad sobre el Sistema Estatal de Protección Social en Salud, con énfasis en la aplicación del Catálogo de Servicios Esenciales en Salud.
- IV. Gestionar la eficiencia y oportunidad del sistema de Referencia y Contrarreferencia de los derechohabientes del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
- V. Evaluar internamente los indicadores de resultado del Sistema de Protección Social en Salud.
- VI. Garantizar el abasto de medicamentos a todas las unidades médicas afiliadas a la Normatividad establecida por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
- VII. Apoyar en la selección, capacitación, supervisión, asesoría y evaluación de los Gestores médicos adscritos a las unidades médicas incorporadas al Régimen.
- VIII. Apoyar en la elaboración y validación del Programa Anual de abasto y equipamiento para las unidades afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud.
- IX. Colaborar en los procesos licitatorios en materia de abasto del Régimen de Protección Social en Salud en coordinación con el área técnica correspondiente.
- X. Contribuir con la gestión del financiamiento para los subproyectos estatales relacionados con el Programa Oportunidades y los demás programas que se le encomienden.
- XI. Integrar una base de datos de utilización de servicios y suministros, supervisando las redes de prestadores de servicios.
- XII. Supervisar que se cumpla con el abasto y/o previsión de medicamentos y demás bienes necesarios para la consecución de metas, asesorando y coordinando la acreditación de las redes de prestadores de servicios.
- XIII. Establecer el control, los criterios de la evaluación de los prestadores de servicios y de los programas de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, dando seguimiento administrativo de los Acuerdos de Gestión.
- XIV. Evaluar a los proveedores de servicios, determinando las causas de cancelación o suspensión de servicios de salud.
- XV. Verificar el cumplimiento de los estándares de calidad por parte del prestador de los servicios.
- XVI. Supervisar la integración de los indicadores de calidad para evaluar a los prestadores de servicios y los programas de la Dirección del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
- XVII. Organizar y conducir las tareas de prestación del servicio.
- XVIII. Proponer la compra y contratación de servicios.
- XIX. Dirigir y participar en la elaboración del Programa Operativo Anual en Coordinación con la Subdirección de Administración y Financiamiento para presentarlo con su respectivo anteproyecto de presupuesto de egresos e involucrando decididamente a las áreas técnicas y administrativas correspondientes, de cada una de las entidades ejecutoras del Nivel Estatal y Jurisdiccional.
- XX. Participar en la organización, coordinación y evaluación de las políticas, programas y estructuras de administración de personal.
- XXI. Contribuir en la gestión del financiamiento para los subproyectos estatales relacionados con el Sistema de Protección Social en Salud como son Gastos Catastróficos y el Programa Oportunidades.
- XXII. Integrar una base de datos de utilización de servicios y suministros, supervisando las redes de prestadores de servicios.
- XXIII. Evaluar a los proveedores de servicios médicos, determinando las causas de cancelación o suspensión de servicios de salud.
- XXIV. Verificar el cumplimiento de los estándares de calidad por parte del prestador de los servicios.
- XXV. Organizar y conducir las tareas de prestaciones de servicios.
- XXVI. Participar en la elaboración y actualización de los proyectos de crecimiento de la meta de incorporación de familias al sistema.
- XXVII. Requerir al área administrativa las necesidades de recursos tanto humanos como materiales, haciendo que el cálculo de los recursos se apegue a una realidad óptima.
- XXVIII. Coadyuvar en el establecimiento de la coordinación institucional y sectorial, previo acuerdo con su inmediato superior.
- XXIX. Vigilar y evaluar la aplicación y observancia de las leyes y normas establecidas para el cumplimiento de los servicios de salud en los niveles de atención que correspondan.
- XXX. Coordinar los reportes e informes y la difusión del estado que guardan los programas del Régimen.
- XXXI. Supervisar el cumplimiento veraz y oportuno al Sistema Nacional de Información.
- XXXII. Acordar periódicamente con su superior, el planteamiento y las posibles soluciones de los asuntos de su competencia.
- XXXIII. Realizar con efectividad todas las actividades relacionadas con sus funciones establecidas y las que le sean demandadas por los programas prioritarios de la Secretaría de Salud y por su jefe inmediato.
- XXXIV. Las demás que le señale la superioridad y ordenamientos legales afines a las que anteceden.
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