Corresponde a la Subdirección de Gestión de Servicios:

  • I. Validar en coordinación con el Departamento de Promoción y Afiliación las localidades propuestas para ingresar al Sistema.
  • II. Evaluar la certificación de las unidades prestadoras del servicio del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
  • III. Capacitar al personal de la Unidad sobre el Sistema Estatal de Protección Social en Salud, con énfasis en la aplicación del Catálogo de Servicios Esenciales en Salud.
  • IV. Gestionar la eficiencia y oportunidad del sistema de Referencia y Contrarreferencia de los derechohabientes del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
  • V. Evaluar internamente los indicadores de resultado del Sistema de Protección Social en Salud.
  • VI. Garantizar el abasto de medicamentos a todas las unidades médicas afiliadas a la Normatividad establecida por la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
  • VII. Apoyar en la selección, capacitación, supervisión, asesoría y evaluación de los Gestores médicos adscritos a las unidades médicas incorporadas al Régimen.
  • VIII. Apoyar en la elaboración y validación del Programa Anual de abasto y equipamiento para las unidades afiliadas al Sistema de Protección Social en Salud.
  • IX. Colaborar en los procesos licitatorios en materia de abasto del Régimen de Protección Social en Salud en coordinación con el área técnica correspondiente.
  • X. Contribuir con la gestión del financiamiento para los subproyectos estatales relacionados con el Programa Oportunidades y los demás programas que se le encomienden.
  • XI. Integrar una base de datos de utilización de servicios y suministros, supervisando las redes de prestadores de servicios.
  • XII. Supervisar que se cumpla con el abasto y/o previsión de medicamentos y demás bienes necesarios para la consecución de metas, asesorando y coordinando la acreditación de las redes de prestadores de servicios.
  • XIII. Establecer el control, los criterios de la evaluación de los prestadores de servicios y de los programas de la Dirección del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, dando seguimiento administrativo de los Acuerdos de Gestión.
  • XIV. Evaluar a los proveedores de servicios, determinando las causas de cancelación o suspensión de servicios de salud.
  • XV. Verificar el cumplimiento de los estándares de calidad por parte del prestador de los servicios.
  • XVI. Supervisar la integración de los indicadores de calidad para evaluar a los prestadores de servicios y los programas de la Dirección del Sistema Estatal de Protección Social en Salud.
  • XVII. Organizar y conducir las tareas de prestación del servicio.
  • XVIII. Proponer la compra y contratación de servicios.
  • XIX. Dirigir y participar en la elaboración del Programa Operativo Anual en Coordinación con la Subdirección de Administración y Financiamiento para presentarlo con su respectivo anteproyecto de presupuesto de egresos e involucrando decididamente a las áreas técnicas y administrativas correspondientes, de cada una de las entidades ejecutoras del Nivel Estatal y Jurisdiccional.
  • XX. Participar en la organización, coordinación y evaluación de las políticas, programas y estructuras de administración de personal.
  • XXI. Contribuir en la gestión del financiamiento para los subproyectos estatales relacionados con el Sistema de Protección Social en Salud como son Gastos Catastróficos y el Programa Oportunidades.
  • XXII. Integrar una base de datos de utilización de servicios y suministros, supervisando las redes de prestadores de servicios.
  • XXIII. Evaluar a los proveedores de servicios médicos, determinando las causas de cancelación o suspensión de servicios de salud.
  • XXIV. Verificar el cumplimiento de los estándares de calidad por parte del prestador de los servicios.
  • XXV. Organizar y conducir las tareas de prestaciones de servicios.
  • XXVI. Participar en la elaboración y actualización de los proyectos de crecimiento de la meta de incorporación de familias al sistema.
  • XXVII. Requerir al área administrativa las necesidades de recursos tanto humanos como materiales, haciendo que el cálculo de los recursos se apegue a una realidad óptima.
  • XXVIII. Coadyuvar en el establecimiento de la coordinación institucional y sectorial, previo acuerdo con su inmediato superior.
  • XXIX. Vigilar y evaluar la aplicación y observancia de las leyes y normas establecidas para el cumplimiento de los servicios de salud en los niveles de atención que correspondan.
  • XXX. Coordinar los reportes e informes y la difusión del estado que guardan los programas del Régimen.
  • XXXI. Supervisar el cumplimiento veraz y oportuno al Sistema Nacional de Información.
  • XXXII. Acordar periódicamente con su superior, el planteamiento y las posibles soluciones de los asuntos de su competencia.
  • XXXIII. Realizar con efectividad todas las actividades relacionadas con sus funciones establecidas y las que le sean demandadas por los programas prioritarios de la Secretaría de Salud y por su jefe inmediato.
  • XXXIV. Las demás que le señale la superioridad y ordenamientos legales afines a las que anteceden.